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Intoxicación Pública y Conducta Desordenada

Intoxicado y Perturbador (también conocido como Intoxicación Pública)

La mayoría de las personas se sorprenden al saber que estar borracho en público no es un delito en Carolina del Norte. En 1977, la Legislatura del estado cambió la ley para prohibir únicamente estar intoxicado y perturbador en un lugar público.

La ley enumera cinco acciones que constituyen conducta “perturbadora”, incluyendo:

  • Obstruir el tráfico
  • Obstruir una acera
  • Provocar peleas
  • Insultar o maldecir a otros
  • Mendigar

Además, para que se aplique el cargo, la persona debe estar considerablemente afectada por el alcohol, lo cual será determinado por un juez o jurado. Curiosamente, en las instrucciones del jurado para este cargo se incluye este poema:

No está ebrio quien del suelo puede levantarse y seguir bebiendo;
Pero sí está ebrio quien yace postrado,
Sin poder levantarse ni beber.

Aunque este poema puede parecer gracioso, ser acusado de este delito no tiene nada de divertido. Se trata de un delito menor Clase 3, que aunque es el nivel más bajo, sigue siendo un delito penal que puede resultar en multas, libertad condicional, cárcel y un antecedente penal permanente.

Aunque declararse culpable y pagar la multa puede parecer lo más fácil, este cargo puede afectar negativamente su vida en el largo plazo, especialmente al buscar empleo.

⚠️ Dato importante: La ley permite una defensa si la persona es alcohólica. Sin embargo, si el juez lo absuelve por este motivo, también puede ordenar su internamiento obligatorio por hasta 15 días para una evaluación psicológica.

En Arnold & Smith, PLLC, nuestros abogados pueden ayudarle con este cargo. En algunos casos, ni siquiera es necesario que el cliente comparezca en la corte. En otros, especialmente cuando hay múltiples cargos, luchamos por lograr el mejor resultado posible.

Contáctenos hoy mismo para que podamos abogar por usted.

Conducta Desordenada o Alteración del Orden Público

La conducta desordenada (conocida también como “alteración del orden público”) tiene raíces históricas en protestas y actos de desobediencia civil de los años 60. La ley prohíbe comportamientos como:

  • Provocar violencia con palabras, gestos o lenguaje abusivo
  • Interferir en instituciones educativas (bloquear accesos, ocupar edificios, etc.)
  • Interrumpir servicios religiosos o funerales

Hoy en día, lo más común es que este cargo se base en peleas o conducta violenta que represente amenaza de violencia o disturbio.

También incluye no seguir órdenes de bomberos, policías o funcionarios de salud pública.

Otros comportamientos que pueden resultar en este cargo:

  • Estar ebrio en público
  • Incitar disturbios
  • Merodear sin razón
  • Obstruir el tráfico
  • Hacer ruido excesivo
  • Interferir con negocios u otras actividades
  • Participar en conductas lascivas

En Carolina del Norte, la conducta desordenada es un delito menor Clase 2. Aunque muchas veces se usa como cargo general (“cajón de sastre”) para arrestar por comportamiento considerado ofensivo, también existe un riesgo real de violación de la libertad de expresión.

Por eso es crucial consultar a un abogado defensor experimentado. Algunas personas enfrentan cargos por simplemente ejercer sus derechos constitucionales.

Si desea evitar una condena y un antecedente penal permanente, hable con los abogados defensores de Arnold & Smith, PLLC. Estamos listos para ayudarle.


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