Delitos de Drogas

¿Qué es una “Droga”?

En el ámbito de la justicia penal, la palabra “droga” se refiere a cualquier sustancia ilícita según lo definido por la ley estatal o federal. Existen listas extensas de drogas ilegales en el Capítulo 90 de los Estatutos Generales de Carolina del Norte y en el Capítulo 13 del Título 21 del Código de los Estados Unidos. Curiosamente, a medida que surgen nuevas drogas y se incluyen en la lista federal de sustancias prohibidas, la ley de Carolina del Norte contiene una disposición “general” que prohíbe cualquier sustancia que esté prohibida por la ley federal, aunque no esté específicamente incluida en el Capítulo 90.

Es importante recordar que no todas las drogas son iguales. Las drogas están clasificadas en seis “escalas” según ocho criterios, como el potencial de abuso, efectos farmacológicos, historial y patrón de abuso, riesgo para la salud pública y si son precursoras de otras sustancias controladas.

  • Las drogas de la Escala I tienen un alto potencial de abuso y ningún uso médico aceptado.
  • Las de la Escala VI no tienen uso médico aceptado y presentan bajo riesgo de abuso o seguridad para la salud pública.

Ejemplos comunes de drogas según la escala en Carolina del Norte:

  • Escala I: Opiáceos (heroína, morfina), sustancias alucinógenas como MMDA, MDMA, mescalina (peyote), psilocibina (hongos alucinógenos).
  • Escala II: Opio, oxicodona, fentanilo, anfetamina, metanfetamina.
  • Escala III: Barbitúricos, ketamina, codeína, testosterona.
  • Escala IV: Depresores (Xanax), estimulantes (catina o “khat”).
  • Escala V: Codeína en bajas concentraciones (puede venderse sin receta a mayores de 18 años).
  • Escala VI: Marihuana, cannabinoides sintéticos.
Tipos de Delitos de DrogasPosesión Simple de Drogas

La posesión de drogas ilegales o sustancias controladas es un delito en Carolina del Norte. Si se le encuentra en posesión de cualquier tipo de droga, puede enfrentar una condena de cárcel. La “posesión simple” implica que el acusado tenía la droga con intención de uso personal. A pesar del nombre, esta acusación puede ser muy seria, dependiendo de la escala de la droga.

  • El cargo más común es la posesión de menos de media onza de marihuana (Escala VI), que es un delito menor Clase 3.
  • Entre media onza y 1.5 onzas: delito menor Clase 1 (hasta 120 días de cárcel).

Otras penalidades según la escala de droga:

  • Escala I: Delito grave Clase I (salvo menos de 1 gramo de MDPV, que es Clase 1 menor).
  • Escalas II, III, IV: Clase 1 menor si son menos de 4 dosis; Clase I grave si son más de 4 dosis u otras drogas.
  • Escala V: Delito menor Clase 2.
  • Escala VI:
    • Menos de ½ onza: Clase 3 menor
    • Entre ½ y 1.5 onzas: Clase 1 menor
    • Más de 1.5 onzas: Clase I grave
Posesión de Parafernalia de Drogas

Una paradoja de la ley de Carolina del Norte es que se puede recibir más tiempo en la cárcel por el empaque de la droga (como una bolsita) que por la droga en sí. La “parafernalia de drogas” es cualquier objeto que se use, haya sido diseñado o tenga la intención de usarse para facilitar una violación a la Ley de Sustancias Controladas.

Objetos comunes considerados parafernalia:

  • Básculas
  • Bolsitas plásticas
  • Papel para enrollar
  • Frascos de pastillas
  • Pipas, bongs
  • Jeringas, agujas
  • Lana de acero
  • Sujetadores de cigarrillos (“roach clips”)

Penalidad: Delito menor Clase 1 – una acusación seria. Sin embargo, el Estado debe demostrar la intención de uso, lo cual puede ser difícil porque muchos de estos objetos son legales por sí solos.

Posesión con Intención de Vender, Fabricar o Distribuir

Los delitos de tráfico de drogas pueden acarrear penas severas a nivel federal, incluyendo sentencias obligatorias. Muchas veces, los casos se construyen mediante vigilancia y operaciones encubiertas por agencias como la DEA.

En Arnold & Smith, PLLC, defendemos agresivamente a quienes enfrentan cargos federales o estatales de tráfico de drogas, desafiando directamente las acusaciones.

Producción o Venta de Marihuana

En Carolina del Norte también es ilegal la producción o venta de marihuana. Las sanciones varían según la cantidad producida o vendida, y ni siquiera es necesario venderla, basta con tener intención o conspirar para vender.

Sanciones por cantidad:

  • Hasta 10 libras: Multa de hasta $5,000 y/o 1 año de cárcel.
  • 10 a 50 libras: Multa de hasta $500, 25–30 meses de cárcel.
  • 50 a 2,000 libras: Multa de hasta $25,000, 35–42 meses de cárcel.
  • 2,000 a 10,000 libras: Multa de hasta $50,000, 70–84 meses de cárcel.
  • Más de 10,000 libras: Multa de hasta $200,000, 179–219 meses de cárcel.
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